Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2013
Fecha: 29-May-2013
II.3.
II.3. La Jefa de Operaciones I del Recinto Aduanero Interior La Paz, María Mamani Coronel, el 9 de noviembre de 2012, a través del cite DAB/GNO/SRL-N 0577/2012, solicitó al Directorio del Sindicato Mixto de Transporte Urbano “Puerto Antofagasta”, la sanción correspondiente de la afiliada, Amparo Mejía Cadena, por intento de atropello con camión a funcionario policial, advirtiendo que de evidenciarse nuevamente dicha conducta de la mencionada chofer, solicitará su restricción de ingreso definitivo al Recinto Aduanero por falta a la institución (fs. 2 a 3).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Garantía de juicio previo como presupuesto del debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Derecho al trabajo
- III.5. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR