Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2013
Fecha: 29-May-2013
II.6.
II.6. Mediante Resolución de 17 de marzo de 2012, la Asamblea General extraordinaria conjuntamente con el Directorio del Sector Aduana, Afiliados al Sindicato Mixto de Transporte “Puerto Antofagasta”, resolvieron a partir de la indicada fecha, no sólo la puesta en vigencia del Reglamento Interno del Sector “Aduana”, sino la exigencia a las Autoridades Sindicales, Autoridades Públicas y Privadas hacer cumplir y defender al Sindicalismo Organizado en sus derechos Constitucionales y a sus Autoridades Sindicalizados (fs. 101).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Garantía de juicio previo como presupuesto del debido proceso
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- III.4. Derecho al trabajo
- III.5. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR