En revisión la Resolución 74/013 de 13 de marzo de 2013, cursante de fs. 291 a 295, pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 74/013 de 13 de marzo de 2013, cursante de fs. 291 a 295, pronunciada dentro de la

Fecha: 27-Jun-2013

II.1.

II.1.  Mediante Auto 356/2010 de 6 de octubre, el abogado investigador de acuerdo a los arts. 80.1 y 84 del RPDPJ, y el art. 24 del Manual de Organización, Funcionamiento y Procedimiento Disciplinario, resolvió admitir la denuncia de oficio contra Marco Antonio Flores Aguirre, Secretario del Juzgado Primero de Partido de Familia, por la supuesta contravención de los arts. 66; 73 inc. c); 76 incs. i) y j), todos del Reglamento de Administración y Control de Personal del Poder Judicial (fs. 75 y vta.).