SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2013-L
Fecha: 03-Jun-2013
I.1.3. Petitorio
Solicitan se conceda la tutela impetrada, declarando la nulidad de las Resoluciones 107/2010 de 24 de noviembre, 111/2010 de 2 de diciembre y 112/2010 de 6 de diciembre; ordenando al Pleno del Consejo de la Judicatura, que en el día dicten resolución restituyéndolos en el ejercicio de sus funciones, como Vocales de la “Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Justicia de La Paz” (sic); así como también encomienden a las Gerencias General, de Régimen Disciplinario, de Recursos Humanos (RR.HH.), Administrativa y Financiera; y a la Representación Distrital de La Paz, la reincorporación y restitución de sus derechos como Vocales; condenándose en costas a los demandados y determinando su responsabilidad en ejecución del fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR