SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2013-L
Fecha: 18-Jun-2013
denegó
La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 012/2013 de 1 de abril, cursante de fs. 316 a 317, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) Las autoridades demandadas, al dictar la RM 850/10 no vulneraron ningún derecho fundamental del accionante en el presente caso, toda vez que la referida resolución no se pronunció sobre el fondo mismo del recurso y únicamente efectuó una observación respecto a las actuaciones de las autoridades de EMAPA que no se habrían ajustado a lo dispuesto por el DS 26115; ii) La extensión del memorándum por el que se dispuso el retiro del accionante, se hizo en base a las atribuciones conferidas por el art. 33 del Estatuto Orgánico de EMAPA y no se aplicó propiamente lo establecido por el DS 26115; y, iii) En consecuencia, al haberse anulado obrados correspondía al accionante regularizar el procedimiento a través de la vía administrativa y dentro del marco del Estatuto Orgánico antes indicado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales
- III.4. Análisis
- por aspirantes a funcionarios de carrera o funcionarios de carrera,
- legitimación pasiva debe ser entendida como la coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
- CONFIRMAR