SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

a)

El accionante en audiencia, por intermedio de su abogado amplió los fundamentos de su demanda, señalando lo siguiente: a) “Mediante resolución cursante a fs. 97” (sic), se rechazó una primera solicitud de cesación a la detención preventiva, observando el incumplimiento a los argumentos establecidos en los arts. 234 y 235 del CPP, cuando por la documentación adjuntada que es de conocimiento de la autoridad demandada, se han desvirtuado los elementos que originaron su detención preventiva; b) Si bien la autoridad demandada, señaló las audiencias de cesación a la detención preventiva, mas no las llevó a cabo, muestra de ello es que una de las últimas audiencias no fue instalada, debido a la sui generis visita de cárcel alegada por el citado Juez, pero raya lo incomprensible, cuando a petición efectuada el 20 de septiembre de 2011, señaló audiencia para el 10 de octubre del mismo año, o sea veinte días después, contrario a lo que dispone la jurisprudencia; y, c) Por otro lado, se han presentado certificados médicos que establecen su estado de salud y con la dilación en que se incurre, se pone en peligro el derecho a  la vida, a la salud, como a la integridad física. Fundamentos por los cuales reitera su petición, disponiéndose su inmediata libertad.