SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

II.2.

II.2.  Mediante Auto Supremo 075 de 31 de marzo de 2010, la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, falló: “CONSIDERANDO: que esa solicitud constituye una reiteración del petitorio efectuado anteriormente en el mismo sentido, el cual fue rechazado por el mencionado Auto Supremo de 6 de noviembre de 2007. Al respecto, desde un determinado punto de vista, puede apreciarse que, puesto que ya hubo un claro pronunciamiento acerca de esa pretensión, correspondía simplemente proseguir con la sustanciación de la causa y emitir la resolución correspondiente en torno a los cinco recursos de casación interpuestos. Sin embargo, a fin de evitar posibles interpretaciones con criterio contrario, es preferible resolver en primer término esa segunda solicitud de extinción tomando en cuenta que existe opinión predominante que sostiene que no es adecuado resolver en un mismo Auto un incidente junto con una cuestión de fondo. POR TANTO: (…) RECHAZA la segunda petición formulada por Félix Juan Terrazas Uribe en sentido de que se proceda a la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso…” (sic) (fs. 15 a 16).