SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

derecho de las personas a ser sometido a un proceso antes de ser sancionado, el mismo que debe estar revestido de una serie de garantías jurisdiccionales, entre las cuales está la de ser juzgado por un Juez

Sin perjuicio del señalamiento de otras garantías mínimas que deben tenerse en cuenta en la sustanciación de un proceso; lo transcrito, de un modo general, trata precisamente del derecho de las personas a ser sometido a un proceso antes de ser sancionado, el mismo que debe estar revestido de una serie de garantías jurisdiccionales, entre las cuales está la de ser juzgado por un Juez competente, independiente e imparcial.

Los Estados partes de las convenciones e instrumentos internacionales aludidas tienen el compromiso, y así lo establece la Constitución, de respetar los derechos y libertades, y garantizar su libre y pleno ejercicio. Como se ha señalado, la Constitución consagra al debido proceso, como un derecho fundamental constitucional y naturalmente a uno de sus elementos constitutivos esenciales: el derecho al Juez natural que comprende el derecho de las personas a que la causa a las que están sujetas, sea sustanciada por la autoridad, investida de jurisdicción y competencia con anterioridad al hecho que motiva el proceso.

De la exposición precedente, es imperativo concluir que el debido proceso y el juez competente, independiente e imparcial, constituyen un derecho humano fundamental consagrado y proclamado con vehemencia por el sistema internacional de derechos humanos y por nuestro sistema constitucional; siendo por ello que su protección corresponde a la acción de amparo constitucional, cuyo ámbito protector comprende todos los derechos fundamentales no protegidos de forma expresa por otra acción tutelar, no siendo compatible con la Constitución sustraer de su alcance, alguna de las garantías o derechos que lo conforman, como el juez natural competente…” (las negrillas nos pertenecen).