SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

II.2.

II.2.  Acta de 6 de noviembre de 2009, dictada por Jorge Gonzales Córtez, Juez Cuarto de Sentencia Penal -codemandado-, en el que resuelve al amparo del segundo párrafo art. 386 párrafo segundo del CPP, declarando probada en parte la demanda interpuesta por Maida Jiménez García contra Salomón Balderrama Guzmán, con costas; calificando los daños civiles de la siguiente forma: a) Restitución a favor de la demandante, del valor del terreno en el monto en que fue trasferido el inmueble motivo del delito de estelionato a José Antonio Torrez La Fuente el 7 de abril de 1999, consistente en $us8800.- (ocho mil ochocientos dólares estadounidenses); b) Intereses del 6% por año sobre el monto del valor del inmueble, por nueve años y cinco meses, consistente en $us4752.- (cuatro mil setecientos cincuenta y dos dólares estadounidenses); c) Por indemnización del daño moral que se ha provocado, la suma de $us2000.- (dos mil dólares estadounidenses); d) El total de daños e indemnización, asciende a $us15 552.- (quince mil quinientos cincuenta y dos dólares estadounidenses); e) Deberán ejecutarse conforme a normas del procedimiento civil; f) También se aclara que no se incluye las costas del proceso, porque aún no se ha concluido, ni tiene fallo ejecutoriado; y, g) se advierte a las partes que esta resolución es apelable sin recurso ulterior (fs. 33 a 36 vta.); notificación de 10 de noviembre de 2009, al abogado del accionante, el mismo que firma la constancia de entrega (fs. 40)