Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.1.
II.1. Mediante memorándum Cite 242/2011 de 1 de diciembre, expedido por Verónica Berrios Vergara, Alcaldesa Municipal de Sucre, el accionante fue asignado para cumplir las funciones en Diseño Profesional de Proyectos, dependiente de la Dirección de Planificación Territorial de Desarrollo Urbano con el ítem 195 (fs. 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa a la protección de la persona con capacidades diferentes
- La inamovilidad anteriormente dispuesta beneficiará a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad,
- III.2. Respecto al derecho al trabajo y la inmovilidad laboral de las personas con capacidades diferentes o sus dependientes
- el trabajo es entendido como un medio para obtener los medios necesarios destinados a subvenir las necesidades más premiosas del trabajador y su entorno familiar, criterio que engloba también a las personas con potencialidades especiales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR