Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.6.
II.6. Mediante Resolución Autonómica del Honorable Concejo Municipal de la Sección Capital Sucre 224/12 de 31 de mayo de 2012, el Concejo Municipal de la Sección Capital Sucre, resolvió revocar la Resolución Administrativa 21/2012 de 3 de mayo, que hace al trámite administrativo del recurso jerárquico interpuesto por Romeo Andrés Montero Martínez, dejando sin efecto el memorándum Cite 436/2012, debiendo la MAE, restituir en el plazo de cuarenta y ocho horas a su fuente de trabajo al accionante, así como, instruir a la Directiva del Honorable Concejo Municipal, se notifique a Romero Andrés Montero Martínez, con esta Resolución (fs. 34 a 37).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa a la protección de la persona con capacidades diferentes
- La inamovilidad anteriormente dispuesta beneficiará a los padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad,
- III.2. Respecto al derecho al trabajo y la inmovilidad laboral de las personas con capacidades diferentes o sus dependientes
- el trabajo es entendido como un medio para obtener los medios necesarios destinados a subvenir las necesidades más premiosas del trabajador y su entorno familiar, criterio que engloba también a las personas con potencialidades especiales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR