SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2013

Fecha: 03-Jun-2013

III.2. Respecto al derecho al trabajo y la inmovilidad laboral de las personas con capacidades diferentes o sus dependientes

II.  Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador.

En ese sentido la SC 0731/2011-R de 20 de mayo, refirió: “…el ámbito de protección de los trabajadores o funcionarios con discapacidad, ya sea que éstos presten servicios en los sectores público o privado, implica la inamovilidad laboral y excepcionalmente su despido por causa justa y previo proceso.