SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2013
Fecha: 03-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Misterio Público por la presunta comisión de delitos inmersos en la Ley 1008 de 19 de julio de 1988 contra la accionante y otros, ésta demostró en primera instancia la unión libre o de hecho con Benedicto Estrella Rojas (coimputado ), en el mismo proceso penal, con quien actualmente se encuentra casada y tiene una hija de ocho años; situación que fue probada por la libreta de familia presentada y el testimonio en audiencia de los funcionarios policiales, prueba que no fue objetada por el Ministerio Público, sin embargo, el Juez ahora demandado, vulnerando lo establecido en el art. 363 inc. 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), 75 de la Ley 1008 (L1008) y las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0252/2012 y 1464/2012 que establecen la excepción de la sanción, cuando se acredite la existencia conyugal o marital, máxime si dentro del matrimonio existe una hija, dictó Resolución condenatoria de diez años de presidio en su contra, a cumplirse en el Penal de San Sebastián, sección mujeres, transgrediendo su derecho a la libertad, y en consecuencia desprotegiendo a su hija que vive con su abuela materna.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 'procederá excepción de sanción con referencia a ascendientes, descendientes, cónyuge o conviviente', de lo que se extrae claramente, que impuesta la pena mediante sentencia ejecutoriada procede la excepción de sanción cuando se demuestran dichos vínculos con el autor principal del delito
- el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, en ejercicio de sus funciones y tratándose de un proceso abreviado concluido con sentencia condenatoria ejecutoriada, absuelva la pretensión de la procesada respecto a la aplicación del contenido del art. 75 de la L1008,
- III.3. Análisis del caso concreto
- "'…Cuando se hubiere interpuesto anteriormente una acción constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa,
- CONFIRMAR