Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.4.
II.4. Mediante Resolución 03/2013 de 19 de febrero, pronunciada por el Juez de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador de Quillacollo del departamento de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Benedicto Estrella Rojas, Liseth Darlen Terceros Soliz y Deicy Marin Galindo, los declaró autores del delito de tráfico de sustancias controladas tipificado y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la L1008, en las modalidades de posesión dolosa y transporte dirigido a su entrega y/o transacción, condenando a diez años de pena privativa de libertad a Deicy Marin Galindo y dieciséis a los otros coimputados (fs. 85 a 93 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 'procederá excepción de sanción con referencia a ascendientes, descendientes, cónyuge o conviviente', de lo que se extrae claramente, que impuesta la pena mediante sentencia ejecutoriada procede la excepción de sanción cuando se demuestran dichos vínculos con el autor principal del delito
- el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, en ejercicio de sus funciones y tratándose de un proceso abreviado concluido con sentencia condenatoria ejecutoriada, absuelva la pretensión de la procesada respecto a la aplicación del contenido del art. 75 de la L1008,
- III.3. Análisis del caso concreto
- "'…Cuando se hubiere interpuesto anteriormente una acción constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa,
- CONFIRMAR