Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.2.
II.2. Por decreto de radicatoria de 15 de noviembre de 2102, emitido por el Juez de Partido de Sentencia Penal, Liquidador de Quillacollo del departamento de Cochabamba, dentro del proceso penal instaurado por el Ministerio Público contra Benedicto Estrella Rojas, Liseth Darlen Terceros Soliz y Deicy Marin Galindo y en previsión de lo establecido por el art. “393 quater” (sic) del CPP, se señaló audiencia pública para la sustanciación del juicio oral bajo la modalidad de procedimiento abreviado para el 20 de igual mes y año a horas 9:25 (fs. 79).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 'procederá excepción de sanción con referencia a ascendientes, descendientes, cónyuge o conviviente', de lo que se extrae claramente, que impuesta la pena mediante sentencia ejecutoriada procede la excepción de sanción cuando se demuestran dichos vínculos con el autor principal del delito
- el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, en ejercicio de sus funciones y tratándose de un proceso abreviado concluido con sentencia condenatoria ejecutoriada, absuelva la pretensión de la procesada respecto a la aplicación del contenido del art. 75 de la L1008,
- III.3. Análisis del caso concreto
- "'…Cuando se hubiere interpuesto anteriormente una acción constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa,
- CONFIRMAR