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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2013

    Fecha: 03-Jun-2013

    II.2.

    II.2.  Mediante memorial de 28 de febrero de 2012, Augusto Antunes Neto y Lidia Vidal Aguilar, señalaron a la autoridad jurisdiccional, que por razones económicas y de fuerza mayor cambiaron de domicilio real, del cual el registro domiciliario está en trámite por exigencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Corrupción (FELCC), (fs. 17 a 18).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
    • en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en todo

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