SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2013

Fecha: 03-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por supuestos hechos atípicos, se le procesó ilegalmente, quebrantando las fases del proceso establecidos en la “ley”, y en juicio oral se dictó la Sentencia condenatoria de 20 de junio de 2012, por lo que interpuso excepción de prescripción y los incidentes de nulidad antes de la lectura integral de la referida Sentencia, los mismos no fueron resueltos por el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, señalando que no pueden ser planteados porque correspondía resolverlos en audiencia conclusiva; y, luego de haber sido remitido el proceso al Tribunal Departamental de Justicia, se devolvió al mismo Tribunal para que resuelva, provocando una indebida retardación de justicia.

Refiere que, en varias oportunidades solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva, las cuales a pesar de ser fijadas fueron suspendidas; por lo que se encuentra detenido preventivamente en el Penal de “San Pedro” de La Paz, desde el 26 de abril de 2011, veintiséis meses y veinte días, sin que se considere ninguno de los extremos.

Señala también que, en la etapa del juicio oral reclamó las vulneraciones a sus derechos y garantías constitucionales, en el que no se cumplieron las disposiciones legales, doctrinales, jurisprudenciales y precedentes constitucionales, cometiendo errores in judicando e in procedendo, hechos inverosímiles; ante lo cual solicitó oportunamente en cada etapa y fase procesal, haciendo constar que no existe pronunciamiento a las excepciones e incidentes presentados ante el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, tampoco al memorial de explicación complementación y enmienda, por lo que interpuso el recurso de apelación restringida a efectos que los hechos se conozcan en el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.