SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2013

Fecha: 03-Jun-2013

se puede tutelar el debido proceso, siempre y cuando, los hechos denunciados como vulneratorios se encuentren ligados y conexos directamente con el derecho a la libertad y exista absoluto estado de indefensión,

Bajo este marco, se tiene claramente establecido que mediante la presente acción constitucional, efectivamente se puede tutelar el debido proceso, siempre y cuando, los hechos denunciados como vulneratorios se encuentren ligados y conexos directamente con el derecho a la libertad y exista absoluto estado de indefensión, aclarando que tratándose de medidas cautelares, no es necesario la concurrencia del segundo presupuesto” (las negrillas son nuestras).