SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2013

Fecha: 03-Jun-2013

“improcedente”

El Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal de San Ignacio de Velasco del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 06/2012 de 5 de noviembre, cursante de fs. 147 a 148 vta., declaró “improcedente” la presente acción, con los siguientes fundamentos: i) Los “funcionarios ediles están regulados” por la Ley de Municipalidades; sin embargo, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, ha establecido la suspensión temporal de las autoridades elegidas en los ámbitos departamentales, regionales y municipales, simplemente con la acusación formal del Ministerio Público; ii) Del cuaderno de investigaciones correspondiente al caso “FF 004/2011”, se verificó que el Fiscal de Frontera, dictó el Auto acusatorio contra el Alcalde Municipal, ahora accionante, por la presunta comisión del delito de almacenaje, comercialización y compra ilegal de diesel oíl, gasolinas, y gas licuado de petróleo; Resolución que será argumentada y dilucidada en un juicio penal, y que ha merecido su consideración por los Concejales Municipales, hoy demandados; ya que a través de la Resolución Municipal 148/2012, dispusieron la suspensión del Alcalde Municipal, con el único argumento de que dicha Resolución se ha encuadrado en el art. 144 de la LMAD, por lo que, no se evidencia la vulneración a los derechos o garantías que se demandan en la presente acción y es deber de los bolivianos el de conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado y las leyes, conforme lo establece el art. 108 de la Norma Suprema; y,