SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0727/2013

Fecha: 06-Jun-2013

III.4.Sobre el derecho a la seguridad personal

La misma Sentencia Constitucional, citando a la jurisprudencia comparada colombiana, señaló que: “…el derecho a la seguridad personal sí comprende un nivel de protección básico de las personas contra ciertos riesgos o peligros que, al responder a determinados atributos, 'no resultan legítimos ni soportables dentro de la convivencia en sociedad, de acuerdo con la Constitución y los tratados internacionales; se trata de riesgos extraordinarios, cuya imposición misma lesiona la igualdad en la que deben estar las personas frente a la carga de vivir en sociedad'”.

Finalmente, resolviendo el caso concreto, en el que también se alegaron n vías de hecho, la SC 0155/2010-R, sostuvo que:“…desde el momento en que los demandados, conjuntamente un grupo de personas conocidas como 'loteadores', transgredieron la propiedad del representado del accionante, imposibilitando al agraviado acercarse al lugar valiéndose de palos, machetes y otros objetos contundentes para desocupar el inmueble en el que se encontraban trabajadores contratados para realizar obras de construcción, poniendo en peligro su derecho fundamental a la seguridad personal”.