Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2013
Fecha: 11-Jun-2013
II.2.
II.2. Contra la indicada sentencia, el nombrado accionante, por memorial presentado, según timbre electrónico el 26 del mismo mes y año, a horas 16:47, interpuso el respectivo recurso de apelación de acuerdo a lo establecido por el art. 220.I del CPC, manifestando que fue notificado con dicha decisión judicial, el 16 de abril de 2012, (fs. 4 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto al plazo previsto para la presentación del recurso de apelación y los efectos ante su incumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR