Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2013
Fecha: 11-Jun-2013
II.4.
II.4. Cursa Auto de 14 de mayo de 2012, por el que la Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial, de conformidad a lo dispuesto por el art. 225.1 del CPC, concedió el recurso de apelación de 26 de abril de 2012, en el efecto devolutivo ante la Sala Civil y Comercial de turno de Turno del Tribunal Departamental de Justicia (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto al plazo previsto para la presentación del recurso de apelación y los efectos ante su incumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR