SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0824/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0824/2013

Fecha: 11-Jun-2013

II.1.

II.1.  Por escritura pública 53/2005 de 26 de febrero, se acredita que Angélica Trujillo Cortez, adquirió en calidad de compra un inmueble ubicado en calle Ballivián 76, de Llallagua, de sus anteriores propietarias Elma y Norma Soledad Gutiérrez Montaño, habiéndose registrado la venta en DD.RR. de Uncía el 21 de marzo de 2005, bajo la partida 163, Folio 82 vta., del Libro 16 de propiedades y posteriormente el 11 de junio de 2011, bajo el folio con matrícula 5.02.3.01.000227, Asiento A-1 de titularidad sobre el dominio, efectuando además la accionante el pago correspondiente al impuesto a la propiedad de bienes inmuebles de la gestión 2009, además de haber recabado la aprobación del plano de la vivienda ante la Unidad de Regulación Urbana y Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua, el 26 de mayo de 2011 (fs. 1 a 6),