Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2013
Fecha: 14-Jun-2013
I.1. Contenido de la acción
Por memorial presentado el 8 de enero de 2013, cursante de fs. 57 a 72 vta., Zenón Edmundo Rodríguez Zeballos -ahora accionante-, señala lo siguiente: Dentro el proceso penal caso FIS-ANTI-012021, existe una imputación en su contra por el supuesto delito de incumplimiento de deberes, a ese efecto formuló acción de inconstitucionalidad concreta, por considerar que los arts. 392 CPP y 183.I.4 de la LOJ, son incompatibles con los arts. 14.I, 46.I.2, 116.I, 117.I, 195.2 y 410.I de la CPE, solicitando al Consejo de la Magistratura, promueva la referida acción, bajo los siguientes fundamentos:
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- I.1.2. Trámite procesal de la acción y Resolución de la autoridad consultante
- revocó
- a)
- “Artículo 195.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad
- III.2. En cuanto a los efectos de la sentencia en la acción de inconstitucionalidad concreta y cosa juzgada
- ii) Para situaciones en las cuales, en una acción abstracta o concreta de inconstitucionalidad anterior, se haya denunciado presupuestos fáctico-circunstanciales idénticos a los plasmados en una ulterior acción de inconstitucionalidad.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- 3°
- Fragmento 15
- improcedente
- IMPROCEDENCIA