Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2013
Fecha: 14-Jun-2013
IMPROCEDENCIA
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere la Constitución Política del Estado plurinacional de Bolivia y el art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar: la IMPROCEDENCIA de la presente acción de inconstitucionalidad concreta por existir cosa juzgada constitucional sobre las normas sometidas a control de constitucionalidad en el presente caso.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- I.1.2. Trámite procesal de la acción y Resolución de la autoridad consultante
- revocó
- a)
- “Artículo 195.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad
- III.2. En cuanto a los efectos de la sentencia en la acción de inconstitucionalidad concreta y cosa juzgada
- ii) Para situaciones en las cuales, en una acción abstracta o concreta de inconstitucionalidad anterior, se haya denunciado presupuestos fáctico-circunstanciales idénticos a los plasmados en una ulterior acción de inconstitucionalidad.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- 3°
- Fragmento 15
- improcedente
- IMPROCEDENCIA