Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2013
Fecha: 14-Jun-2013
revocó
Por AC 0037/2013-CA de 21 de febrero (fs. 78 a 84), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, revocó la Resolución 016/2013 de 29 de enero, cursante de fs. 73 a 76, y admitió la acción de inconstitucionalidad concreta, ordenando poner la misma en conocimiento del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Álvaro Marcelo García Linera, como representante del órgano emisor de las normas impugnadas, diligencia que se cumplió el 28 de marzo de 2013 (fs. 117).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- I.1.2. Trámite procesal de la acción y Resolución de la autoridad consultante
- revocó
- a)
- “Artículo 195.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad
- III.2. En cuanto a los efectos de la sentencia en la acción de inconstitucionalidad concreta y cosa juzgada
- ii) Para situaciones en las cuales, en una acción abstracta o concreta de inconstitucionalidad anterior, se haya denunciado presupuestos fáctico-circunstanciales idénticos a los plasmados en una ulterior acción de inconstitucionalidad.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- 3°
- Fragmento 15
- improcedente
- IMPROCEDENCIA