SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2013

Fecha: 17-Jun-2013

Fragmento 21

         De lo que se infiere que, los procesos disciplinarios que se encuentran en etapa de apelación y revisión al 31 de diciembre de 2011 en el Consejo de la Magistratura,  deben ser resueltos por la instancia liquidadora del Consejo de la Magistratura conforme a lo establecido en el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial.