SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2013

Fecha: 17-Jun-2013

II.4.

II.4.  El 23 de abril de 2012, mediante Resolución 147, la instancia Liquidadora de Segundo Grado, instaurada por el Pleno del Consejo de la Magistratura, resuelve confirmar en su totalidad la sentencia 017/2011, estableciendo que la procesada Cecilia Victoria Bernal Aguilar, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Civil de Oruro, no habría obrado con eficiencia, eficacia y prontitud en los procesos ejecutivos (1. Seguido por Témpora Marca Choque contra María Bernarda López Quispe; 2. A instancia de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Vinto Ltda., contra Miriam Delia Parrado Romero; 3. Seguido por ECOFUTURO S.A. contra Raúl Calizaya Mérida), por cuanto se evidencia el incumplimiento injustificado de plazos procesales, adecuando su conducta a la falta prevista en el art. 40. 6 y 7 de la LCJ, demostrándose la imposición de sanción disciplinaria como manifestación del ius puniendi, lo que permite que se corrijan actuaciones que se encuentran fuera del marco normativo, los mismos que se sujetan a los criterios de finalidad, necesidad y proporcionalidad (fs. 66 a 70).