SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2013

Fecha: 17-Jun-2013

I.1. Antecedente procesales sustanciados ante el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Comarapa

Por memorial presentado el 29 de febrero de 2012, cursante a fs. 8 y vta. Walter Vásquez Vargas como apoderado y representante legal de la Empresa Comercializadora Agrícola “EMCA” interpuso demanda de conciliación contra Victoria Roldan de Soto ante el Juzgado de Instrucción Mixto y cautelar de Comarapa, argumentando que por el contrato transaccional, que adjuntó, se evidencia que entre la empresa a la cual representa y Victoria Roldan de Soto, se suscribió un contrato de “mutuo o crédito” (sic), que adeuda dicha persona, de cuya revisión el acuerdo para el pago de la deuda fue incumplida; por lo que solicitó audiencia de conciliación para el 13 de marzo de 2012, con la finalidad de llegar a un arreglo amigable respecto del pago de la deuda, amparándose en el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE), y arts. 58, 180 del Código de Procedimiento Civil (CPC).