Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2013
Fecha: 17-Jun-2013
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
A través del presente mecanismo constitucional, corresponde dilucidar el conflicto de competencia suscitado entre la Jurisdicción ordinaria civil y la jurisdicción agroambiental, siendo causa para la activación de este procedimiento, las resoluciones de declinatoria de competencia por razón de materia, pronunciadas por el Juez de Instrucción Mixto cautelar de Comarapa y la Jueza Agroambiental de la Provincia Florida, Manuel María Caballero, Vallegrande, con asiento en Samaipata ambos del departamento de Santa Cruz, dentro de la demanda de conciliación incoada por Walter Vásquez Vargas, en representación legal de la Empresa Comercializadora Agrícola “EMCA” contra Victoria Roldan de Soto.
- Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Comarapa
- I.1. Antecedente procesales sustanciados ante el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Comarapa
- a)
- 1)
- I.3. Admisión
- II.1.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la conciliación como diligencia previa, conforme el Código de Procedimiento Civil y la necesidad de acudir ante juez competente
- III.2. De la competencia de las Juezas y Jueces Agroambientales conforme la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, modificada por la Ley 3543 y la Ley del Órgano Judicial
- 12. Conocer procesos ejecutivos, cuya obligación tenga como garantía la propiedad agraria o derechos de aprovechamiento o uso de recursos naturales
- sino también debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas; razonamiento que si bien fue efectuado por el extinto Tribunal Constitucional; sin embargo, este resulta plenamente aplicable y coherente por cuanto no contradice a los nuevos postulados de la actual Constitución Política del Estado
- III.3. Análisis del caso concreto