SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2013

Fecha: 17-Jun-2013

III.2. De la competencia de las Juezas y Jueces Agroambientales conforme la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, modificada por la Ley 3543 y la Ley del Órgano Judicial

Siendo que el objeto de la LSNRA, instituido en el art. 1 es: “…establecer la estructura orgánica y atribuciones del Servicio Nacional de Reforma Agraria (S.N.R.A) y el régimen de distribución de tierras; garantizar el derecho propietario sobre la tierra; crear las Superintendencia Agraria, la Judicatura Agraria y su procedimiento, así como regular el saneamiento de la propiedad agraria“, la misma norma ha establecido en su art. 39 con relación a la competencia de los juzgados agrarios lo siguiente: “I. Los jueces agrarios tienen competencia para: