SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2013

Fecha: 17-Jun-2013

b)

b)  Cursa de fs. 148 a 150, la Resolución Administrativa RA-SS 1181/2012 de 14 de diciembre, emitida por el INRA, que resuelve disponer en su artículo primero medidas precautorias de forma conjunta, la prohibición de innovar y no consideración de transferencia de predios objeto de saneamiento, expropiación o reversión, respecto del predio en conflicto denominado “Molle Molle”, ubicado dentro del predio denominado comunidad de San Juan, etc. Asimismo, en su artículo segundo, dispone la notificación de esta Resolución a Cecilia Veisaga Cadima y David Salazar Quinteros -ahora accionantes- y a Bernardino Vallejos Pérez, Presidente del Comité de Saneamiento de la Comunidad de San Juan y Pablo Vargas Jala, Dirigente de esa comunidad -ahora demandados-. Luego, en su artículo tercero dispone que en caso de incumplimiento a la Resolución, se remita antecedentes ante el Ministerio Público, para que se inicie las acciones correspondientes. Finalmente, en su artículo cuarto, encomienda su ejecución, seguimiento y conclusión del proceso de saneamiento de la presente Resolución a la Dirección General de Saneamiento INRA y el Proyecto Piloto Centro de Saneamiento Acelerado con Gerencia en Cochabamba.

b)  Resolución definitiva 11 de la Justicia indígena originaria campesina, comunidad San Juan de 24 de septiembre de 2012 (fs. 18 a 20 vta.), por la cual desconocieron que David Salazar Quinteros y Cecilia Veisaga Cadima, fueran dueños de 7 ha, aduciendo que sólo son de 1 hectárea y media y que no poseyeron nunca dichos terrenos, estableciendo: