SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2013

Fecha: 20-Jun-2013

A través de la Secretaría de la Sala Disciplinaria y en forma pública

         En ese sentido el Reglamento de Régimen Disciplinario para el personal judicial de la jurisdicción ordinaria (vocales, jueces), jurisdicción agroambiental (jueces) y personal de apoyo judicial, de ambas jurisdicciones aprobado mediante el Acuerdo 165/2012 de 10 de julio en su Título V, Capítulo I “Recurso de apelación”, señala en su art. 59 la radicatoria y sorteo de las causas, establece que la Sala Disciplinaria a través de su Consejero Semanero, radicará la apelación en el plazo de cuarenta y ocho horas de recibida la documentación remitida por las autoridades de primera instancia y que “A través de la Secretaría de la Sala Disciplinaria y en forma pública, por turno se procederá al sorteo del expediente entre los miembros de la Sala Disciplinaria, a objeto de designar al Consejero Relator”, debiendo la Sala Disciplinaria como Tribunal de segundo grado a partir de la fecha del sorteo, remitir la resolución definitiva dentro el plazo fatal de cinco días hábiles.