Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2013
Fecha: 20-Jun-2013
II.1.
II.1. El 13 de septiembre de 2012, dentro del proceso disciplinario incoado a instancias de Dora Alave quien interpuso denuncia por retardación de justicia contra Natividad Marilú García y otros, el Juez Disciplinario Segundo del Consejo de la Magistratura del Distrito Judicial de Oruro mediante Sentencia Disciplinaria 5/2012, declaró probada la denuncia contra Natividad Marilú García, Juez Quinta de Instrucción en lo Civil por la transgresión al art. 187.IX de la LOJ (faltas graves) imponiéndole la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones de Juez de Instrucción Quinto en lo Civil por un tiempo de dos meses sin goce haberes (fs. 279 a 283).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concede parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. En cuanto al debido proceso
- derecho al trabajo
- Fragmento 16
- III.5. Sobre la radicatoria y sorteo de causas en la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura como Tribunal de segundo grado
- A través de la Secretaría de la Sala Disciplinaria y en forma pública
- III.6. Análisis d
- 1° CONFIRMAR en parte