SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2013
Fecha: 20-Jun-2013
a)
La accionante, por intermedio de su abogado, reiteró los fundamentos expresados en el memorial de esta acción, y aclarando señaló: a) La demandada, en forma “prepotente”, no la ha dejado ingresar a la casa, indicándole que debe desalojarla y que sólo abrirá la puerta cuando lleven un vehículo para trasladar sus cosas; “haciendo justicia por su propia mano”, le impidió ingresar a la casa; b) No presentaron ninguna documentación, porque todo se encuentra en el cuarto asegurado con candado; y, c) La demandada no tenía facultad para alquilar, por eso no les entregó recibo de alquiler por los meses que pagaron; siendo falsa la acusación de estafa; además, fueron a la “FELC-C de los Chacos”, donde la demandada aceptó que los servicios estaban pagados y que sólo quería que salieran de la casa y no conciliar.
La accionante considera que, la demandada vulneró sus derechos: a) A la vivienda, al colocar un nuevo candado en la habitación alquilada, privarla de los servicios de energía eléctrica y amenazarla con el corte del servicio de agua; b) Al trabajo; por cuanto, no le permitió sacar los instrumentos de trabajo y materiales que su esposo necesita, en su calidad de técnico de computación; y, c) A la privacidad, al indagar sus actividades de trabajo y declarar que eran estafadores, sin que hubiera comprobado esos actos que considera ilegales y arbitrarios. En revisión, corresponde analizar si los actos denunciados ameritan conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional: Excepción al principio de subsidiariedad por vías de hecho
- III.2. Los principios procesales en la justicia constitucional y su importancia en la protección de derechos fundamentales
- el no formalismo
- cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- III.3. El derecho a la vivienda y las vías de hecho
- i)
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- concedido
- CONFIRMAR