SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III.2.3. En cuanto a la actuación del Fiscal de Materia

El Fiscal de Materia, Freddy Pérez Chavarría, por Resolución de 31 de mayo de 2012, de conformidad a lo establecido por el art. 304 incs. 1) y 3) del CPP, dispuso el rechazo de la denuncia, por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado a favor del denunciado Ramiro Jesús Quiroga San Martín, en su condición de Gerente de la empresa  Latina Seguros Patrimoniales S.A., salvando  los  derechos

En ese contexto, el accionante denunció en la presente acción que la Resolución referida líneas supra, carece de fundamentación y motivación, pronunciamiento que corresponde exclusivamente al Fiscal de Distrito en la nueva resolución a emitirse que debe estar argumentada y debe efectuar la valoración de los elementos probatorios existentes a quien además le corresponde observar si efectivamente se dio o no cumplimiento a los supuestos contemplados en el art. 304 incs. 1) y 3) del CPP y que viabilizan el rechazo de una denuncia, por lo que en atención a la distribución de competencias efectuada por la Constitución Política del Estado entre el órgano de persecución penal y la justicia constitucional, corresponde un pronunciamiento expreso y razonado de dicha instancia.