SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2013

Fecha: 20-Jun-2013

art. 3.II,

En ese sentido, teniendo en cuenta la principal función de dicha comisión contenida en el art. 3.II, es: “Monitorear las investigaciones y procesos penales referidos a la comisión de delitos vinculados con Seguridad Ciudadana, desde el momento en que el detenido sea puesto a disposición de la autoridad competente”. Por lo que asumiendo las atribuciones contenidas en su ley especial (del Defensor del Pueblo) en el art. 11.2.3.4 y 6; y art. 18, la finalidad de la norma impugnada mantiene absoluta razón y relación con las atribuciones tanto constitucionales como de la ley especial.