SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2013

Fecha: 24-Jun-2013

1)

Conforme a la Conclusión II.15 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, compuesta por los Vocales codemandados, por Auto de Vista de 3 de octubre de 2011, confirmaron el Auto de 2 de octubre de 2010, así como el Auto complementario de 4 de noviembre  de 2010 con los siguientes argumentos: 1) En lo que corresponde a Darwin Salazar Suárez, el Juez a tiempo de anular obrados hasta el estado de notificar con la Sentencia al incidentista, ha dado cumplimiento expreso a lo señalado por el art. 196 del CPC, porque no puede anular sus propios actos so pena de incurrir en abierta ilegalidad; y, 2) Sobre los agravios mencionados por Simeón Soleto Montero, el primer y el tercer agravio no han sido demostrados, toda vez que la resolución impugnada contiene los fundamentos exigidos por la norma, porque contiene un estudio pormenorizado y fundamentado al pronunciarse sobre el incidente reclamado, cumpliendo a cabalidad con las exigencias del art. 188 del CPC.En lo referente al segundo y cuarto agravio, no corresponden ser analizados, toda vez que el recurrente realiza una serie de expresiones que no pueden ser objeto de análisis, ya que los mismos corresponderían a una eventual resolución de apelación de sentencia ante el hipotético caso de presentarse y llegarse a conocer tal situación.