SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2013

Fecha: 24-Jun-2013

II.14.

II.14.También,Simeón Soleto Montero, por memorial de 11 de noviembre de 2010, interpuso recurso de apelación contra el Auto 587/10, por no tener la debida fundamentación, tal cual establecen los art. 18, 190 y 192 del CPC, por violentar el principio de seguridad jurídica, el debido proceso, por ser incongruente y actuar en forma ultra patita, debido a que en ella no se fundamentó en debida forma la nulidad de obrados; debido a que en la misma se hizo una observación por parte del Juez que en el fallo de usucapión no se ordenó la cancelación de la matrícula 70110600067, y que dicha observación no fue realizada por el incidentista, pero el auto apelado utilizó como fundamento para anular obrados el tema señalado. Finalmente, porque el fallo no consideró ni se refirió a ninguno de los puntos expuestos en su memorial de contestación, debido a que no se pronunció sobre la preclusión respecto al incidente de nulidad, sobre la improcedencia de notificación al incidentista con la demanda y sentencia, pidiendo en definitiva se revoque el Auto apelado y se rechace el incidente de nulidad interpuesto por Darwin Salazar Suárez (fs. 356 a 366 vta.).