Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2013
Fecha: 27-Jun-2013
II.1.
II.1. El 6 de abril de 2004, Patricio Choquehuanca Canaviri, ingresó al Centro Penitenciario “San Pedro de Chonchocoro” de La Paz, en cumplimiento del mandamiento de detención preventiva por la presunta comisión del delito de asesinato; posteriormente, el Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, libró mandamiento de condena en su contra por la comisión del delito de asesinato, disponiéndose cumpla la pena de treinta años de reclusión sin derecho a indulto, en el Centro Penitenciario de “San Pedro de Chonchocoro” (fs. 24 a 29).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Acción de libertad correctiva
- agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR