Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2013
Fecha: 27-Jun-2013
II.6.
II.6. El 4 de marzo de 2013, Ramiro Llanos Moscoso Director General de Régimen Penitenciario, pronunció la RA 72/2013, disponiendo el traslado de Patricio Choquehuanca Canaviri, del Recinto Penitenciario San Pedro de Chonchocoro en el departamento de La Paz, al Centro de Rehabilitación Palmasola Santa Cruz sistema progresivo “régimen cerrado” del departamento de Santa Cruz; y, se haga conocer de dicha determinación a los Directores de ambos Recintos Penitenciarios para que presten toda la colaboración necesaria para realizar el traslado (fs. 24 a 29).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Acción de libertad correctiva
- agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR