Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0971/2013
Fecha: 27-Jun-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 13 de noviembre de 2012, cursante de fs. 45 vta. a 47, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Erlinda Jiménez Ojeda contra Oscar Terrazas Argandoña, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Villa Gualberto Villarroel (Cuchumuela), Quinta Sección de la provincia Punata del departamento de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III. Se prohíbe toda forma de trabajo forzoso u otro modo análogo de explotación que obligue a una persona a realizar labores sin su consentimiento y justa retribución
- Una remuneración que asegure como mínimo a todos los trabajadores condiciones de subsistencia digna y decorosa para ellos y sus familias y un salario equitativo e igual por igual trabajo, sin ninguna distinción…'
- quien desarrolla la actividad física o mental pueda procurarse su propia manutención como la de su familia, para subsistir en condiciones mínimas de dignidad humana”
- III.3. El “vivir bien” en su triple dimensión, aplicado al ámbito laboral
- III.4. Análisis del caso concreto