SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1031/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1031/2013

Fecha: 27-Jun-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante estima que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa y a un recurso efectivo, al considerar que, interpuesta la apelación incidental contra el Auto 442/2012, que dispuso su detención preventiva, los Vocales codemandados en lugar de ingresar al análisis de fondo de la problemática y reparar directamente los agravios, dispusieron anular el Auto impugnado; por su parte, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto, sin antes resolver el recurso de recusación interpuesto en su contra, cumpliendo con lo ordenado por el Tribunal de alzada, dictó Resolución disponiendo su detención preventiva, sin realizar una correcta y razonable valoración de las pruebas, sin fundamentación y sin convocar previamente a audiencia pública y, finalmente, interpuesta la apelación incidental contra el referido Auto, los antecedentes del cuaderno procesal no fueron remitidos hasta la fecha de la audiencia de consideración de la presente acción constitucional, incumpliendo con el plazo legal establecido al efecto. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; sin embargo, con carácter previo, se deben analizar los aspectos procesales inherentes a la procedencia o no de la presente acción constitucional.