Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2013-L
Fecha: 03-Jul-2013
1º
1º CONFIRMAR la Resolución 009/2011 de 29 de septiembre, cursante de fs. 82 a 89 vta., pronunciada por la Sala Civil Familiar y Comercial Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Oruro; y en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada solamente en cuanto al debido proceso en su elemento fundamentación y motivación de las resoluciones, disponiendo: a) La nulidad del Auto de Vista 89/2011; y la nulidad de las resoluciones originadas a causa del citado auto de vista; y, b) Que el Juez competente dicte nueva resolución de acuerdo al ordenamiento jurídico actual.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. El debido proceso en su componente del juez natural
- III.4. Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
- tutela
- III.5.
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1º
- 2º