Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0605/2013-L
Fecha: 03-Jul-2013
II.8.
II.8. A través del escrito de 29 de enero de 2011 -dentro del mismo proceso- Rossio Carolina Pimentel Flores planteó recurso de reposición bajo alternativa de apelación contra el decreto de 25 del igual mes y año, con el argumento de que en la demanda voluntaria sobre peritaje grafológico, se habría manipulado documentación estrictamente personal como es la cédula de identidad de la misma, además que dicho peritaje se encontraba anulado por Auto de Vista de 26 de octubre de 2010, en ese sentido, solicitó se reponga el referido decreto y se rechace la solicitud de desglose (fs. 29 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. El debido proceso en su componente del juez natural
- III.4. Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
- tutela
- III.5.
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1º
- 2º