SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

admitió parcialmente”

El Juez Segundo de Partido Mixto, Liquidador y Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 11/2011 de 25 de octubre, cursante de fs. 85 a 88 vta., “admitió parcialmente” la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de 17 de octubre de 2011 y el mandamiento de apremio, debiendo la autoridad demandada dictar nueva resolución y mandamiento conforme a ley, sin imponer costas ni responsabilidad por la admisión parcial; en base a los siguientes fundamentos: 1) El Auto impugnado engloba dos aspectos, el primero vinculado a la consecuencia de la emisión del Auto de 15 de marzo de 2011 contra el que en su oportunidad pudieron interponer recurso de apelación incidental, así como contra los proveídos que derivan, al no haberlo hecho no agotaron la vía ordinaria, antes de acudir a la vía judicial en conformidad al principio de subsidiariedad; y, 2) El segundo aspecto está vinculado al carácter coercitivo ante un eventual incumplimiento de conminatoria, pues si bien el art. 216 del CPT, permite cuando no se cancele los beneficios sociales, se puede expedir el respectivo mandamiento de apremio, que  debe ejecutarse en horas y días hábiles y en casos excepcionales cuando exista ocultamiento malicioso se dispone el allanamiento y la habilitación de días y horas inhábiles, por lo que se acreditó la vulneración al debido proceso, al no haberse demostrado la conducta renuente y/u omisiva de los accionantes.