SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
Fragmento 16
Al respecto la SCP 0038/2012 de 26 de marzo, ha señalado: “…corresponde desarrollar la primera nota fundamental que configura el 'contenido esencial' de esta garantía, es decir su naturaleza procesal, bajo esta perspectiva, se establece que su esencia procesal, está estructurada al amparo de los principios de sumariedad, celeridad, inmediación e informalismo y eficacia, postulados que pueden ser inferidos del texto del art. 125 de la CPE y que garantizan una tutela judicial efectiva y un acceso a la justicia constitucional, asegurando en definitiva el cumplimiento por parte del Estado Plurinacional de Bolivia, del mandato inserto en el art. 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- admitió parcialmente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.2. Presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Términos en la presente acción tutelar
- III.5. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional