Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señaló lesionados sus derechos a la defensa, al debido proceso, a la “igualdad” y a la “seguridad jurídica”; por cuanto, dentro del proceso ordinario sobre reivindicación y mejor derecho propietario, llevado contra Martha Espinoza Cullave se ejecutó mandamiento de desapoderamiento de forma ilegal y parcializada con YPFB, afectándolos a este y su esposa como terceros poseedores y ocupantes del inmueble sobre el cual tenían un contrato de arrendamiento, por un lapso de cinco años y que habrían pagado por adelantado. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegando
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- actos jurídicos debidamente registrados con anterioridad al embargo o de aquellos documentos que tengan fecha cierta,
- ARTICULO 517.- (Ejecución coactiva de las sentencias).
- III.4. La falta de legitimación pasiva en funcionarios de apoyo jurisdiccional
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR