SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

a)

El accionante, por intermedio de su abogado, ratificó el contenido de la acción de libertad y en audiencia afirmó: a) Se le privó reiterativa y sistemáticamente de asistencia sanitaria -entendida esta como el tratamiento y recuperación total de la salud- mientras se encontraba arbitrariamente detenido, sin escuchar ni atender a las recomendaciones del médico forense; b) La declaratoria de rebeldía no se encuentra en el cuadernillo procesal del juzgado, sin embargo, el juez recurrido ordenó que se lo notifique con la imputación formal mediante edicto de prensa;

Álvaro La Torre Zurita, Fiscal de Materia codemandado, en audiencia manifestó: a) La acción debe denegarse por identidad de sujeto, objeto y causa con la acción de libertad presentada el 28 de octubre de 2011; b) La audiencia concluyó el 8 de  noviembre del mismo año en dependencias de la clínica "SIRANI", lugar idóneo para velar por el bien supremo vida del accionante, audiencia que tuvo como resultado la detención preventiva del imputado y ahora “demandante” Johnny Davi Ruiz Delgadillo.