SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2013-L

Fecha: 22-Jul-2013

II.13.

II.13.  Por informe de 29 de septiembre de 2011, elaborado por Victoria Vargas Montaño, Abogada Secretaria del Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal, ante el Juez demandado, indicó que dentro del proceso penal seguido contra el ahora accionante, dio cumplimiento a lo ordenado por dicha autoridad en la misma fecha, refiriendo que: a) El acta de medida cautelar de 1 de mayo de 2011, cursaba en el cuadernillo procesal; b) El recurso de apelación interpuesto por el accionante el 5 del mismo mes y año, fue providenciado ordenándose la notificación a las partes, previo a su remisión ante el Tribunal Departamental de Justicia en cualquiera de sus Salas Penales; y, c) Hasta la fecha no se promovió las notificaciones de dicho recurso; por lo que, se procedió de oficio con las mismas, las cuales fueron devueltas desde la Central de Notificaciones el 29 de septiembre de 2011; informe que fue providenciado en la misma fecha llamando severamente la atención al Oficial de Diligencias y a la Actuaria del mismo despacho, por no notificar el recurso de apelación ni remitir oportunamente el mismo (fs. 33 y vta.).